Las
Naciones Unidas exigen a la Argentina a liberalizar el aborto

Buenos Aires, 04-06-11. (AI).- Aunque no esté en los grandes
medios de comunicación argentinos, el problema existe. Y
ha sido denunciado por el Padre Juan Claudio Sanahuja, Asesor
y Miembro de honor de ANUNCIAR. El Comité de Derechos Humanos
de la ONU condenó a Argentina por no haber garantizado el
acceso a un aborto legal a una adolescente con discapacidad
mental, embarazada supuestamente por una violación. El Comité
ordenó al Estado argentino proporcionar “medidas de reparación
que incluyan una indemnización adecuada” y “tomar medidas
para evitar que se cometan violaciones similares en el futuro”,
y le dio 180 días para cumplir con el dictamen.
El Código Penal
El art. 86 del Código Penal argentino considera no punible
el aborto en dos casos: “1) Si se ha hecho con el fin de
evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y
si este peligro no puede ser evitado por otros medios; y
2) Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado
al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente”.
El caso
Se trata de un caso sucedido en 2006, en la provincia de
Buenos Aires. La familia de la menor, embarazada de 14 semanas
y media, acudió al hospital de la localidad de Guernica
en el que se negaron a practicar el aborto. La menor fue
derivada a un hospital de la ciudad de La Plata en el que
se comenzaron los procedimientos para perpetrar la muerte
del niño no nacido. El hospital recibió una orden judicial
de una jueza de menores frenando el procedimiento. La jueza
de menores falló prohibiendo el mismo, por considerar que
no era para ella admisible reparar una agresión injusta
(el abuso sexual) “con otra agresión injusta contra una
nueva víctima inocente como es el bebé”, la sentencia fue
confirmada por la Cámara Civil, pero la Corte Suprema de
la Provincia de Buenos Aires, dejó sin efecto las sentencias
y determinó que el aborto podía realizarse.
Pese a la sentencia, el Hospital San Martín de La Plata
se negó a practicar el aborto, porque el embarazo estaba
ya demasiado avanzado (entre 20 y 22 semanas).
Las organizaciones feministas que apadrinaron el caso acudieron
a un médico abortero, lo cual declararon en su momento y
siguen manifestando con total impunidad.
Los dichos del Comité de la ONU
Dejamos para otro momento el análisis del documento emanado
del Comité de Derechos Humanos (CDH). Ahora destacamos que,
además de la perversa reinterpretación principalmente del
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que
nada dice sobre el aborto, la resolución del CDH, entre
otras cosas, revela la intención de los grupos lesbo-feministas
que llevaron adelante la denuncia, de avanzar sobre la objeción
de conciencia y de obtener una condena de los llamados “grupos
católicos”.
A la vez, la decisión del CDH, con fecha del 28 de abril
pasado, llega en un momento en que existe una gran presión
tanto en el Congreso Nacional como en la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, para liberalizar el crimen del aborto.
Las denunciantes
La demanda contra el Estado argentino fue promovida en
mayo de 2007 por el Instituto de Género, Derecho y Desarrollo
de Rosario (Insgenar), el Comité de América latina y el
Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem)
y la Asociación Católicas por el Derecho a Decidir, de Córdoba
(Argentina). Al Instituto de Género, Derecho y Desarrollo
de Rosario lo preside Susana Chiarotti, coordinadora regional
del CLADEM; la cual fue nombrada por el presidente Néstor
Kirchner miembro del Comité de seguimiento de la Convención
Interamericana de Belem do Pará.
Recordemos que CLADEM, el 30 de noviembre de 2001, acudió
al Comité de seguimiento de la Convención de Eliminación
de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW),
denunciando a la Conferencia Episcopal Argentina por aceptar
la propuesta de algunos senadores de ratificar el Protocolo
Opcional de esa Convención añadiéndole una declaración interpretativa
para preservar el derecho a la vida.
Juan Claudio Sanahuja | noticiasglobales.org
|