Proyecto de “matrimonio
gay” claramente inconstitucional
Buenos Aires, 2 Jul. 10 (AICA) .- Desde diferentes sectores
se quiere traer luz sobre este proyecto y entre los que salieron
a poner su voz y experiencia, un miembro de la Comisión
Asesora Interdisciplinaria de ANUNCIAR Grupo
Multimedio de Comunicación, Asociación Civil,
El doctor Guillermo Cartasso, asesor legislativo de la Comisión
Episcopal de Seguimiento Legislativo, declaró hoy que
"el proyecto de ley que tiene media sanción en
Diputados otorgando la jerarquía matrimonial a las
uniones de personas del mismo sexo es inconstitucional y eso
debería ser muy tenido en cuenta por los Senadores,
más cuando tanto costó a los argentinos recuperar
la democracia y la vigencia de la Constitución".
El dirigente católico sostuvo que "son claras
las normas de los tratados que en materia de Derechos Humanos
incorporó la reforma de 1994, cuando al referirse a
estos derechos para la generalidad de los casos usa vocablos
genéricos como ‘personas’ o ‘seres
humanos’ mientras que cuando se refiere al matrimonio
hablan todos claramente de ‘hombre’ y ‘mujer’
o ‘varón’ y ‘mujer’".
El doctor Cartasso subrayó que "la inconstitucionalidad
fue explicitada recientemente por la Academia Nacional de
Derecho y por los prestigiosos constitucionalistas y juristas
que asistieron a la audiencia pública del Senado hace
menos de una semana".
"Nadie puede decir -aseguró- que, por ejemplo,
Vanossi sea un militante católico o un portavoz oscurantista
y sin embargo, con rigor científico, fue uno de los
que argumentó la inconstitucionalidad" del proyecto
que se votará previsiblemente el 14 de julio en el
Senado.
El asesor legislativo mencionó a modo de ejemplo "la
Convencion Americana sobre Derechos Humanos, comúnmente
denominada Pacto de San José de Costa Rica, que en
su artículo 17, punto 2, dice que "se reconoce
el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a
fundar una familia"; la Convención sobre la Eliminación
de todas las formas de Discriminación contra la Mujer,
que en su artículo 16, expresa que "los Estados
partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar
la discriminación contra la mujer en todos los asuntos
relacionados con el matrimonio", para en su punto g aclarar
que los mismos derechos personales se extienden "como
marido y mujer, entre ellos al derecho a elegir apellido,
profesión y ocupación".
También subrayó que el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, que en el artículo
23 dice textual y claramente, en su punto 2, que "se
reconoce el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio
y a fundar una familia si tienen edad para ello".
Finalmente, el doctor Cartasso destacó la sentencia
que pocos días atrás emitió la Corte
Europea de Derechos Humanos en el sentido de que no legalizar
el matrimonio entre personas del mismo sexo no implica discriminación
alguna, y destacó que la Corte Europea es especialmente
un espacio de "vanguardia que al emitir esa sentencia
no sólo está diciendo que no aprobar el matrimonio
homosexual no implica discriminación sino que la ausencia
de ella implica, como es obvio, el imperio de la igualdad".
Fuente:
www.aica.org
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