| Piden a legisladores
rechazar “matrimonio homosexual”
Buenos Aires, 12-11-09. (AI).- La Comisión Arquidiocesana
de la Mujer solicitó a “los señores diputados
el rechazo” de los proyectos tendientes a modificar
el Código Civil, para permitir el mal llamado “matrimonio”
entre personas del mismo sexo y pidió a Dios, “fuente
de toda razón y justicia”, que ilumine a las
mujeres y varones argentinos. Señalaron, mediante un
comunicado, que ¨ no existe discriminación cuando
se les impide casarse a los homosexuales entre sí,
por que no es arbitrario negarle el derecho al matrimonio
a quienes no cumplen las condiciones de la institución
¨.
La Comisión Arquidiocesana de la mujer emitieron un
documento firmado por sus responsables Lila Archideo y Mónica
Torino, donde afirman que “el matrimonio entre varón
y mujer no lesiona la igualdad ante la ley ni discrimina a
personas que tengan diversas opciones sexuales porque distinguir
entre personas o negarle a alguien un reconocimiento legal
o un servicio social es, en principio, inaceptable ¨.
Y aclararon taxativamente que “No obstante atribuir
el ‘status’ social y jurídico de matrimonio
a formas de vida que no son ni pueden ser matrimoniales no
sólo se opone a la justicia, sino que es requerido
por ésta”, se subraya en el texto.
Texto completo del comunicado
En relación a los proyectos de ley que proponen la
modificación del Código de Derecho Civil de
la Nación permitiendo el matrimonio de personas del
mismo sexo queremos afirmar que:
El matrimonio entre varón y mujer constituye una totalidad
de amor conyugal en la que entran todos los elementos de la
persona y exige la donación recíproca definitiva
y fiel y se abre a la fecundidad. (Cfr. Catecismo de la Iglesia
Católica, 1643). La familia, fundada y vivificada por
el amor del matrimonio, es una comunidad de personas: del
hombre y de la mujer esposos, de los padres y de los hijos.
Su primer cometido es el de vivir fielmente la realidad de
la comunión con el empeño constante de desarrollar
una auténtica comunidad de personas. (Cfr. FC 18)
La relevancia del único verdadero matrimonio para la
vida de los pueblos es tal, que difícilmente se pueden
encontrar razones sociales más poderosas que las que
obligan al Estado a su reconocimiento, tutela y promoción.
Se trata, en efecto, de una institución más
primordial que el Estado mismo, inscrita en la naturaleza
de la persona como ser social. El matrimonio, en cuanto expresión
institucional del amor de los cónyuges, que se realizan
a sí mismos como personas y que engendran y educan
a sus hijos, es la base insustituible del crecimiento y de
la estabilidad de la sociedad. No puede haber verdadera justicia
y solidaridad si las familias, basadas en el matrimonio, se
debilitan como hogar de ciudadanos de humanidad bien formada.
(Cfr. Nota del Comité Ejecutivo de la Conferencia Episcopal
Española, Madrid, 15 de julio de 2004)
Por otra parte queremos afirmar que el matrimonio entre varón
y mujer no lesiona la igualdad ante la ley ni discrimina a
personas que tengan diversas opciones sexuales porque:
Distinguir entre personas o negarle a alguien un reconocimiento
legal o un servicio social es, en principio, inaceptable.
No obstante atribuir el “status” social y jurídico
de matrimonio a formas de vida que no son ni pueden ser matrimoniales
no sólo se opone a la justicia, sino que es requerido
por ésta.
No existe discriminación cuando se les impide casarse
a los homosexuales entre sí, por que no es arbitrario
negarle el derecho al matrimonio a quienes no cumplen las
condiciones de la institución, ni tampoco pueden satisfacer
las finalidades de la misma en cuanto tiene como presupuesto
sustancial el carácter heterosexual.
No estamos ante un hecho privado o una opción religiosa
sino frente a una institución que es reconocida y tutelada
por nuestro Código Civil porque afecta directamente
al bien común de nuestro país. Estamos ante
una realidad de orden natural que antecede al derecho positivo
y, por lo tanto éste debe reconocerla, respetarla y
promoverla. (Cfr. Comisión Ejecutiva de la Conferencia
Episcopal Argentina, 5-9-2009)
Sin duda es lógico aceptar la posibilidad de actos
privados mientras no ofendan al orden ni a la moral pública.
También es admisible la consideración de algunos
efectos derivados de situaciones de hecho que pueden justificar
su atención jurídica. (Cfr Colegio de Abogados
de la Ciudad de Buenos Aires, 4 de noviembre de 2009)
Desde otro punto de vista, es importante decir también
que el 96,5 % de los países no tienen matrimonio para
personas del mismo sexo. En el mundo existen 198 países,
de los cuales sólo 7 lo tienen en su normativa: Holanda,
Bélgica, España, Canadá, Sudáfrica,
Noruega y Suecia.
En EEUU, sólo 6 de los 50 estados han aprobado estos
matrimonios; 31 han votado en los últimos años
expresamente en contra de tal posibilidad, de los cuales 29
aprobaron reformas constitucionales que prohíben el
matrimonio de personas del mismo sexo.
Pedimos a Dios, “fuente de toda razón y justicia”
que ilumine a las mujeres y varones argentinos y solicitamos
a los señores diputados el rechazo de dichos proyectos.
Fuente:
www.anunciarinforma.com.ar
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